
Las personas excluidas tienen un plazo de cinco días hábiles, a partir del siguiente a la publicación, para presentar una reclamación ante el Registro General del Ayuntamiento, que deberá acompañarse de la documentación acreditativa del cumplimiento del requisito que motiva su exclusión, o el que estime oportuno para acreditar la situación expuesta en relación a las deficiencias detectadas. Una vez cumplido el plazo de reclamaciones y tras el estudio de las presentadas, se publicará la lista definitiva de admitidos.