Esta miércoles se ha celebrado una reunión de la Junta de Gobierno Local, previstas los miércoles segundo y cuarto de cada mes e integrada por el alcalde de la ciudad, Juan Franco, los tenientes de alcalde Helenio Lucas Fernández, Mario Fernández, Juan Macías y Nacho Macías y los concejales Ceferina Peño, Juan Carlos Valenzuela y Encarnación Sánchez.
El orden del día de la reunión se ha centrado en la delegación de competencias por parte del alcalde a la Junta de Gobierno Local. Hay que recordar que con fecha 22 de junio de 2015, el alcalde dictó el decreto 3453/15 por el que se constituyó la Junta de Gobierno Local. Se planteó la necesidad de atribuir a ese órgano municipal otras competencias delegables del alcalde, más allá de las propias de asistencia y asesoramiento a los efectos de agilizar el despacho de asuntos que pudieran ser objeto de delegación, de acuerdo con los principios de economía, celeridad y eficacia administrativa.
El alcalde podrá delegar el ejercicio de sus atribuciones con el objetivo prioritario de promover y dotar de agilidad a asuntos de interés municipal que requieran de decisiones y actuaciones puntuales. Con ello, la Junta de Gobierno Local no solo constituye un elemento asesor y de debate sino que asume, siempre previa delegación del alcalde, cuestiones decisivas en diferentes ámbitos. La concertación de operaciones de crédito, decidir los empates con el voto de calidad y determinadas actuaciones de índole administrativa serán algunas de sus funciones.