La delegación municipal de Comercio y Mercados, que dirige el concejal Alfonso Lozano, recuerda que el plazo para las solicitudes de ocupación de la vía pública con mesas y sillas finalizará el próximo 31 de marzo.
Las solicitudes se presentarán a través del Registro General del Ayuntamiento acopampañada de la siguiente documentación:
* Petición formalizada en escrito dirigido a la Alcaldía, especificando datos personales del titular, nombre comercial del establecimiento hostelero, dimensiones de la superficie a ocupar, ancho de la vía, características de la vía, número y dimensiones de las mesas, sillas, sombrillas y otros elementos a instalar.
* Plano a escala del interior del establecimiento con distribución y superficie útil de acceso público.
* Plano a escala del emplazamiento donde se propone la ocupación de la vía pública con definición exacta de su ubicación, superficie a ocupar y colocación del mobiliario.
* Fotografía (a color) del mobiliario a instalar.
* Certificado del Recaudador Municipal de estar al corriente de los tributos y deudas municipales.
* Autorización expresa (por escrito) de los titulares de los establecimientos comerciales o viviendas adyacentes cuando sea necesario con arreglo a los condicionantes de la presente norma.
* Copia de la licencia municipal de apertura del establecimiento público.
* En caso de marquesinas, proyecto de instalación.
* En caso de cortavientos, plano o dibujo descriptivo del diseño y materiales empleados.
* Justificante del pago de las tasas, según Ordenanza Fiscal.
* Certificado del Recaudador Municipal de estar al corriente de pago de los tributos y deudas municipales.
* Autorización expresa (por escrito) de los titulares de los establecimientos comerciales o viviendas adyacentes cuando la longitud de la instalación exceda de la línea de fachada del establecimiento para el que se solicita la licencia.
* Acreditación de la póliza de seguro de responsabilidad civil en vigor
Una vez se cumpla el plazo de solicitud, las instalaciones carentes de licencia que se implanten sobre terrenos de dominio público municipal sin la preceptiva autorización, serán retiradas de modo inmediato por los servicios municipales, sin más previo aviso que la notificación al interesado de la orden dictada por la Alcaldía-Presidencia, la cual actuará en ejercicio de las potestades de recuperación de oficio de los bienes y de su uso común general.