Se prohíbe el lanzamiento de cohetes y petardos en zonas urbanas más allá de las diez de la noche.
Ante el aumento del uso de artificios pirotécnicos durante las fiestas de Navidad, el Ayuntamiento de La Línea de la Concepción recuerda la peligrosidad de su manipulación entre particulares, así como la regulación para su venta.
La comercialización de material pirotécnico está sometida a autorización expresa de la Delegación del Gobierno en Andalucía, administración que regula en una circular las condiciones para este tipo de productos.
Dicha normativa establece la prohibición de su venta ambulante y la limitación por edad en establecimientos autorizados. Así, los productos pirotécnicos de categoría 3 solo podrán venderse a mayores de 18 años. Los de categoría 2 solo a los mayores de 16 años y los de categoría 1 solo a los mayores de 12 años.
El Ayuntamiento subraya que los castillos de fuegos artificiales solo podrán instalarse y encenderse por profesionales de pirotecnia debidamente legalizados.
El lanzamiento de cohetes, quema de petardos, tracas y similares en zonas urbanas, por su peligrosidad y riesgos para personas y bienes así como por el ruido que producen, debe ajustarse a lo previsto en el Real Decreto 1367/2007,de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido y por la Ordenanza Municipal de Normas Básicas de Convivencia de Interés Local, de Policía y su Buen Gobierno.
El uso de estos artículos pirotécnicos queda terminantemente prohibido a partir de las 22 horas y durante el horario permitido solo podrán lanzarse en espacios abiertos.
La infracción de estas normas podrá ser sancionada conforme a lo señalado en el Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre y por la Ordenanza Municipal citada. Asimismo, se aplicará lo dispuesto en la Circular de 25 de noviembre de 2014 de la Delegación del Gobierno de Andalucía sobre venta y uso de productos pirotécnicos.