
Subraya las obligaciones sanitarias que conllevan su puesta en funcionamiento en ámbitos como la depuración, controles higiénico-sanitarios y seguridad
La delegación municipal de Sanidad ha confirmado que la apertura de las piscinas comunitarias cada temporada de baño no requiere de comunicación previa, salvo en los supuestos contemplados en la normativa. Con ello, quiere aclarar una de las dudas que más consultas genera cada año entre comunidades de propietarios y administradores de fincas.
La teniente de alcalde delegada de Sanidad, Zuleica Molina, ha señalado que el objetivo de esta aclaración es “facilitar información clara y útil a comunidades de propietarios y administradores de fincas, resolviendo dudas que se repiten cada año, y ayudando al cumplimiento de las obligaciones sanitarias de forma sencilla y accesible”.
Sanidad recuerda que la reapertura habitual de una piscina comunitaria no requiere presentar ningún trámite, comunicación o autorización ante el Ayuntamiento, siempre que no se hayan realizado obras de nueva construcción, reforma, modificación o remodelación y se trate de la apertura ordinaria de la temporada.
Solo será necesaria una comunicación de puesta en funcionamiento, cuando la piscina sea de nueva construcción o haya sido objeto de obras de reforma o remodelación, debiendo realizarse antes del reinicio de la actividad de baño.
No obstante, desde Sanidad se recuerda que no tener que comunicar la apertura no significa que no existan obligaciones sanitarias. Antes de abrir una piscina debe comprobarse el correcto funcionamiento del sistema de depuración y tratamiento del agua, el estado higiénico de la instalación, la realización de analíticas previas a la apertura de la piscina, controles y registros obligatorios, así como el cumplimiento de las medidas de seguridad exigibles.
Asimismo, la delegación de Sanidad subraya que las personas encargadas del mantenimiento de piscinas, especialmente quienes realizan tareas relacionadas con el tratamiento y control del agua o el funcionamiento de la instalación, deben contar con la formación exigida para desempeñar estas funciones. La normativa establece un plazo hasta el 2 de enero de 2027 para que quienes aún no dispongan de esta formación puedan adecuarse a esta obligación.
A nivel municipal se recomienda revisar el estado general de las instalaciones antes del inicio de la temporada para garantizar la seguridad y la protección de la salud de las personas usuarias.



